[OPINA] Ya entró en vigencia el nuevo límite de velocidad máxima en zonas urbanas de 50 km/h

por Equipo Rutamotor

Este pasado sábado 4 de agosto entró en vigencia (ya publicado en el Diario Oficial) la iniciativa de baja la velocidad de 60 km/hr a 50 km/hr en zonas urbanas. Esta normativa busca disminuir el límite máximo de velocidad de vehículos de menos de 3.860 kilogramos de peso bruto y de motocicletas en zonas urbanas, desde 60 a 50 km/h.

Según la ministra esta ley «apunta a equilibrar una condición que fue establecida en una ley aprobada recientemente de convivencia de modos. En esa ley queda consignado que los ciclistas deben utilizar la calzada junto con los autos«.

En ese sentido, la titular de la cartera explicó -además- que para monitorear que se cumpla la normativa se creará el Centro Automatizado de Tratamiento de Infracciones y Carabineros será el encargado de controlar el comportamiento de los conductores. De hecho, aún hay varias comunas que no han cambiado su señalética y los municipios tienen un plazo de 45 días para cumplir con la nueva ley.

REVISA EL VALOR DE LAS MULTAS

  • Por ejemplo, cometerás una infracción gravísima si se excede más de 20 km/h el límite y la multa va desde multa 1,5 a 3 UTM, o sea de $71.593 hasta $143.178. Además, se le suspenderá la licencia al infractor entre 5 y 45 días.
  • Si se comete una infracción grave, exceder de 11 a 20 km/h el máximo de velocidad, la multa será de desde 1 a 1,5 UTM, o sea entre $47.729 y $71.593.
  • Por último, si se excede la velocidad hasta 10 km/h, cometerás una infracción menos grave y la multa va desde 0,5 a 1 UTM, o sea desde $23.864 a $71.593.

¿Qué opinas de esta nueva que ya entró en vigencia?, coméntanos.

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