Comienza a regir en el país la nueva ley Patente Cero Días para automóviles ‘0 km’

Con su publicación en el Diario Oficial este 13 de febrero, la normativa se hace aplicable en todo el territorio nacional. Conductores que incumplan la ley se exponen a una multa de hasta $ 186 mil y la suspensión de la licencia de conducir.

por José Ignacio Gutiérrez
Patente congreso

Tal como te contábamos desde fines del año pasado, los poderes Ejecutivo y Legislativo trabajaban en un proyecto de ley -conocido como Patente Cero Días- que eliminaría la posibilidad de circular sin patente en un automóvil ‘0 km’. Esto era una conducta reglada y estaba entendido como una excepción a la norma, bajo la cual un automóvil nuevo podía moverse sin placa por las calles durante cinco días tras salir de un concesionario (portando una factura). Ahora la ley 21.539 que modifica la Ley de Tránsito 18.290 –y que fue publicada este 13 de febrero en el Diario Oficial– elimina aquella posibilidad, obligando a los retailers a vender el auto con placa patente instalada y, en paralelo, aumenta de grave a gravísima la sanción para conductores que se desplacen sin la matrícula (en auto nuevo o viejo).

Patente

Junto con establecerse una multa más gravosa que va entre las 1,5 y 3 unidades tributarias mensuales (UTM) para los conductores que manejen un automóvil sin patente -vale decir, entre $ 93 y $ 186-, además de la eventual suspensión de licencia, el texto también fija una sanción que va entre 10 y 50 UTM ($ 620 mil y $ 3.100.000) para el concesionario que venda un automóvil sin «sus placas patentes únicas instaladas«. La ley nació de una moción parlamentaria iniciada por la ex diputada Ximena Ossandón y las diputadas María Luisa Cordero, Lorena Fries, Carla Morales y Érika Olivera; y de los diputados René Alinco, José Miguel Castro, Marcos Ilabaca y Alberto Undurraga.

Finalmente, esta ley que modifica la Ley de Tránsito también considera la realidad de la masiva comercialización de motocicletas de baja cilindrada sin haber pasado por el proceso de homologación ni contar con revisión técnica, las que se encuentran circulando sin ninguna prueba de seguridad. Por lo anterior, se establece un periodo de gracia de 12 meses para su regularización.

Patente

Lo anterior abre la posibilidad de que la homologación se realice durante dicho período (un año), no solo en el 3CV sino que también en plantas de revisión técnica. Esto aplica solo respecto de motos pequeñas que no han sido homologadas, excluyendo a las que ya están homologadas y que cuentan con su patente.

¿Qué te parece la entrada en vigencia de esta nueva Ley de la República? ¡Coméntanos!

Noticias

Adblocker Detectado

Por favor desactive su AdBlocker, para poder visualizar nuestro sitio web y activar la publicidad, que gracias a ello nos ayudan a seguir creando contenido para todos ustedes. ¡Gracias!