¿Fin a los cinco días de gracia? El MTT impulsa modificación que obliga a los ‘0 km’ a circular desde el inicio con patente definitiva

La normativa también aumenta la sanción contra conductores que incurren en esta acción y multa a comercializadoras que incumplan con la obligación.

por José Ignacio Gutiérrez
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Salir de un concesionario con un auto ‘0 kilómetros’ y sin patente, podría ser muy pronto algo del pasado. Ello, pues el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) anunció el ingreso al Congreso de una indicación sustitutiva para que todo vehículo nuevo que se comercialice en el país cuente con la instalación de su placa patente definitiva desde el momento en que abandona el concesionario.

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En la cartera explican que el espíritu de esta normativa dice relación con el aumento sostenido de conductores que transitan sin esta certificación obligatoria que individualiza al vehículo. Si bien la legislación actual prohíbe esta situación, el artículo 54 de la Ley de Tránsito permite excepcionalmente que los autos nuevos internados al país o adquiridos en una automotora pueden circular sin su PPU con la factura de compra y por un tiempo máximo de cinco días.

Esta excepción genera una serie de problemas de identificación, que afectan a terceros ante eventuales siniestros viales, entorpecen la fiscalización -especialmente de fotorradares o cámaras-, el cobro por el uso de vías concesionadas y la persecución de delitos cometidos con vehículos que no cuentan con placa patente instalada.

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«Conducir es una acción de alta responsabilidad, y de ahí la importancia del respeto hacia las leyes de tránsito, especialmente por el rol que cumplen para evitar siniestros. Por ello es clave que quienes conduzcan lo hagan con toda su documentación personal y la del vehículo al día, tomando como referencia que, en últimos años, hemos visto un aumento sostenido de eventos infraccionales que involucran a vehículos sin patente, algo que como país tenemos que revertir«, señaló el ministro Juan Carlos Muñoz. El jefe de cartera agregó que «hemos presentado esta indicación sustitutiva, con la que buscamos asegurar un cumplimiento total de las exigencias que deben tener el conductor con su respectivo vehículo, para evitar, por ejemplo, la circulación de automóviles sin algún distintivo que permita identificarlos, en caso que protagonicen un siniestro«.

En la misma línea, el subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, destacó que la medida refleja que como Gobierno «queremos robustecer la legislación para cumplir con el compromiso de que en Chile se terminen estos cinco días en que un vehículo pueda transitar sin patente«. A ello se suma, agregó, que «estamos avanzando en el enrolamiento de los vendedores de autos nuevos y ahí la Subsecretaría de Justicia ha tenido un rol fundamental junto al Registro Civil«.

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Según cifras de Carabineros, durante la última década se ha registrado un crecimiento sostenido en la cantidad de siniestros, fallecidos y lesionados en vehículos sin patente, así como también en los delitos o faltas que los involucran. De hecho, al 31 de agosto de 2022 se contabilizaron 384 delitos o faltas (mismo número que en todo 2020), siendo los más frecuentes el hallazgo de vehículo y el robo con intimidación.

Asimismo, de acuerdo a datos entregados por autopistas concesionadas, desde 2010 a la fecha se evidencia una tendencia creciente de vehículos que pasan por pórticos de TAG sin su placa patente, evadiendo de esta manera el pago correspondiente.

Detalles de la indicación

Para reducir la circulación de vehículos sin patente, la indicación establece la obligación de las comercializadoras de vehículos nuevos de entregarlos con su placa patente instalada. El incumplimiento a lo anterior sería sancionado con una multa de 10 a 50 UTM.

Además, propone aumentar la sanción a conductores de vehículos sin patentes a una infracción gravísima, quienes además arriesgan la suspensión de su licencia de conducir. De igual modo, la normativa se hace cargo de la masiva comercialización de motocicletas en el país sin haber pasado por el proceso de homologación. Por lo anterior, se establece un periodo de gracia de 12 meses para que puedan tramitar el certificado de revisión técnica respectivo, inscribirse en el Registro de Vehículos Motorizados del Registro Civil y obtener su placa patente única y definitiva. Cumplido lo anterior, quedarán habilitadas para circular. Quienes incumplan los plazos y circulen la documentación solicitada, serán sancionados.

Según estadísticas entregadas por el Programa Nacional de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes, el porcentaje de participación de las motocicletas en el total de vehículos infraccionados ha pasado desde el 1,6% el año 2019 al 8,2% el año 2021. Adicionalmente, solo en el tiempo transcurrido hasta agosto de 2022, las infracciones de motocicletas por circulación sin PPU es de un 5,5%.

¿Qué te parece este iniciativa que muy probablemente pronto termine siendo obligatoria? ¡Coméntanos!

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